Octubre llegó con cambios: qué pasa con las retenciones de Ingresos Brutos en las billeteras virtuales

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Las billeteras virtuales comenzaron a aplicar en octubre un esquema de retenciones de hasta el 5% sobre las acreditaciones de dinero, en el marco del Impuesto a los Ingresos Brutos. La medida no alcanza a todos los usuarios por igual: depende de la inclusión en el padrón oficial y del tipo de actividad desarrollada.

Cómo comprobar si corresponde la retención

El procedimiento para verificarlo es rápido y completamente online.

  • Acceder al sitio web oficial de la Comisión Arbitral (www.ca.gob.ar/sircupa).
  • Ingresar el número de CUIT del titular de la cuenta.
  • Revisar si figura dentro del padrón actualizado de contribuyentes alcanzados.

Dado que el padrón se modifica mes a mes, conviene repetir la consulta regularmente. En caso de cuentas con más de un titular, si al menos uno aparece incluido, la retención se aplicará sobre todos los depósitos que ingresen.

El padrón oficial se actualiza todos los meses y define quiénes están alcanzados.

El padrón oficial se actualiza todos los meses y define quiénes están alcanzados.

Situaciones en las que no corresponde la retención

La normativa vigente establece que ciertos contribuyentes quedan fuera del régimen:

  • Monotributistas inscriptos en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires.
  • Personas que realizan actividades exentas o no alcanzadas por este impuesto.
  • Sectores específicos como combustibles, tabaco, loterías, seguros o entidades financieras.
Los monotributistas bonaerenses inscriptos en el régimen simplificado quedan exceptuados.

Los monotributistas bonaerenses inscriptos en el régimen simplificado quedan exceptuados.

Movimientos de dinero que no son alcanzados

Incluso quienes figuren en el padrón tienen operaciones exceptuadas:

  • Acreditaciones por sueldos, jubilaciones, pensiones, planes sociales, becas o la tarjeta Alimentar.
  • Transferencias realizadas entre cuentas propias.
  • Devoluciones, ya sea por reintegros de IVA, promociones u operaciones anuladas.
  • Rescates de fondos comunes de inversión o vencimientos de plazos fijos.
  • Cobros relacionados con exportaciones.

En síntesis, no todas las operaciones realizadas en billeteras virtuales sufrirán retenciones: la aplicación dependerá del padrón actualizado y de las características de cada movimiento.