Afiliados al subsidio de salud mayores de 65 años no necesitarán ordenes de consulta a partir de Noviembre

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El Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (IPSST) dió un importante anuncio. A partir del mes de noviembre dejará de entregar órdenes a los mayores de 65 años.

Desde principio de junio rige la gratuidad de las tres primeras ordenes de consulta y contempla a todos los adultos mayores de 65 años de edad (sin importar su condición), es decir; voluntarios o forzosos, activos/pasivos, de reciprocidad, titulares o adherentes.

Solo en caso de necesitar una cuarta consulta o más, deberá dirigirse a la Obra Social para autorizarlas con pago de Coseguro.

Este beneficio busca promover un avance para todos los beneficiarios mayores de 65 años de edad, quienes representan alrededor de un 30 por ciento del padrón de aportantes a la Obra Social provincial.

Ante cualquier duda o consulta deberán comunicarse con la Mesa de Ayuda del IPSST al Teléfono: 0381 4507899 o través del  Mail: ayuda@ipsst.gov.ar

Atención directa en consultorio para los afiliados

Se encuentra en vigencia la Atención Directa en Consultorio, sistema por el cual el afiliado y los integrantes de su Grupo Familiar pueden asistir directamente al médico (presentando DNI y/o CUIL) y abonar la consulta realizada a través del descuento por boleta de sueldo del titular, sin necesidad de adquirir las ordenes de consulta en Casa Central o Filiales. Para acceder a este beneficio, es necesario que el titular de la Obra Social gestione la adhesión a esta modalidad.

¿Cómo se realiza la adhesión?

  • Los afiliados/as que cuenten con boleta de sueldo digital podrán hacerlo ingresando a digituc.gob.ar  (hacer click en el botón izquierdo o banner central del IPSST)
  • Aquellos afiliados que no pertenecen a la Administración Pública Centralizada, deberán consultar en su repartición o podrán adherirse de forma presencial en Casa Central o Filiales en la oficina de Beneficiarios.

Quienes accedan al beneficio podrán identificar el descuento de la práctica en la boleta de sueldo del titular, bajo el nombre de “Copago Autorización en línea código Nº 170050”, al mes posterior haber recibido la atención médica.

Es importante destacar que él o los descuentos se realizarán únicamente en caso de que el afiliado o algún integrante del grupo familiar haya hecho uso del servicio asistiendo al médico en ese período, caso contrario no se le realizará ningún tipo de descuento.

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