Elecciones Provinciales: Desde las 8 de hoy comenzó la veda electoral

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Tal cual como lo establece la ley, empezó la prohibición de diferentes actividades. Entrá a la nota y enterate todo lo que tenés que saber sobre este tema.

Este viernes a las 8 de la mañana comenzó la veda electoral en toda la provincia tal como lo establece la ley, donde se aclara que comienza 48 horas del inicio de los comicios, que será formalmente el domingo a las 8, cuando se abran las escuelas y se habiliten las mesas para que los ciudadanos puedan emitir su sufragio.

La prohibición alcanza a los medios gráficos, radiales, televisivos y en los últimos años, se sumaron los digitales. ¿Pero qué pasa con las redes sociales? La respuesta es sencilla: absolutamente nada.

“Hay veda en absolutamente todos los medios, incluídas las redes sociales, pero no se cumple. Es una cuestión que hay que verificar, pero lamentablemente no es algo que esté en potestad de la Junta Electoral. La JEP lo máximo que puede hacer es sugerir y tratar de que eso se cumpla. Sí se controla muy puntillosamente lo que es la publicidad a través de los medios tradicionales porque el medio es responsable de controlar la situación y ahí se pueden aplicar sanciones”, explicó Carlos Amaya, vocero de la JEP. 

En Argentina existe un vacío legal que permite a los candidatos a seguir difundiendo sus propuestas e ideas puesto que la ley no especifica nada acerca de este tipo de medio de comunicación. El Código Electoral Nacional expresa queda prohibido “realizar actos públicos de proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo”, indica en su artículo N°71. De redes sociales, nada dice.

Por lo tanto, a pesar de la prohibición, en las redes sociales continuará la propaganda política, además de las fake news.

De todos modos, dijo que desde la JEP “se está pidiendo que en los medios de comunicación y en todos los lugares de publicidad o de promoción no haya participación porque el objetivo fundamental son 48 horas para la reflexión de la gente respecto que es lo que más conviene para las autoridades, por eso también se incluye a las redes sociales por extensión en esta veda”, agregó Amaya.

Otro de los puntos que aclaró Amaya fue la limpieza en cuanto a las pegatinas que hacen los partidos en todo el territorio, especialmente horas antes de que comience la veda. 

“Tradicionalmente sabemos que la última pegatina de afiches y colocación de pasacalles que hacen los partidos políticos la hacen en esa mañana que está permitida la publicidad, de ahí en adelante las autoridades, por sugerencia o recomendación de la JEP, deberían bajar esa publicidad, pero lamentablemente no es potestad de la Junta Electoral y las autoridades son quienes dispondrán al respecto. La sugerencia a los partidos es que traten de que quede todo limpio comom lo habían encontrado antes del comienzo de la campaña, pero no siempre se cumple”, señaló el vocero de la JEP.  

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:

– Realizar actos públicos de proselitismo.

– La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

– La publicación en medios de comunicación – sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros – de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:

– La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

– El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

-Los bailes públicos están prohibidos, no se realizan durante el tiempo de veda electoral. Se van a controlar las reuniones privadas siempre y cuando no sean de carácter público y las fuerzas de seguridad tienen instrucciones de exhortar a esa gente a que no siga con ese tipo de festejos. 

Asimismo, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben:

– Los espectáculos populares al aire libre.

– Los espectáculos populares en recintos cerrados.

– Las fiestas teatrales y deportivas.

– Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

– Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

– Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

A ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido:

-La realización de reuniones electorales en los domicilios.

-La utilización de casas como depósito de armas.

-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio.

-La apertura de organismos partidarios.

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